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ATRIBUCIONES DEL VICEMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO MINERO METALÚRGICO SEGÚN LA DOE

 

a. Proponer planes programas y proyectos para el desarrollo del sector minero metalúrgico en temas de geología, minería; metalurgia no ferrosa, siderurgia y la cadena de recursos evaporíticos.


b. Promover la actividad minera planificada racional, sistematizada y socialmente participativa en los diferentes sectores de la minería


c. Promover el desarrollo de la inversión y producción en el sector minero metalúrgico, con proyectos minero metalúgicos estatales, privados, comunitarios y de economía mixta, aplicando principios de prevenciín y de control ambiental


d. Precautelar el estricto cumplimiento de las normas de preservación del medio ambiente para la explotación minero metalúrgica.


e. Promover el incremento de la producción y la productividad a partir de la innovació tecnolóica y aplicació de econnomías de escala crecientes.


f. Proponer políticas que fomenten la participación indígena en los beneficios de la industria minera.


g. Aplicar los procedimientos y reglamentos de consulta y participación ciudadana que permitan establecer acuerdos para la explotación minera sostenible.

h. Promover y controlar el cumplimiento de la normativa ambiental, como medio para garantizar el desarrollo sostenible de las actividades mineras.


i. Establecer periódicamente las cotizaciones oficiales de los minerales para su comercialización.


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